Quejas y Reclamaciones
INFORMACIÓN SOBRE LA ATENCIÓN DE QUEJAS Y RECLAMACIONES
Guidebridge SGEIC, SA (La “Sociedad”) dispone de un Procedimiento de Atención de Quejas y Reclamaciones, aprobado por su Consejo de Administración, que regula los mecanismos internos establecidos para la recepción, tramitación y resolución de las quejas y reclamaciones que puedan presentar los inversores de los vehículos gestionados, en relación con las actividades y servicios desarrollados por la Sociedad. (Ver Procedimiento)
Este procedimiento se enmarca en las políticas y mecanismos de control interno de la Sociedad, de conformidad con la normativa aplicable y los criterios establecidos en la Guía Técnica 1/2026 de la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), sobre el control interno en la gestión de vehículos cerrados.
Presentación de quejas y reclamaciones
Los inversores pueden presentar sus quejas y reclamaciones por escrito, directamente o mediante representante debidamente acreditado, a través de los siguientes canales:
- Responsable de atención de quejas y reclamaciones: Manuel Garrido Valdivielso.
- Dirección postal:
Guidebridge SGEIC, SA
Calle Claudio Coello 46, 1D
28001 (Madrid)
- Correo electrónico: Guidebridge@guidebridge.es.
Las quejas y reclamaciones deberán incluir los datos identificativos y de contacto del reclamante, una descripción de los hechos que las motivan, el servicio y/o departamento relacionado y, en su caso, la documentación que resulte relevante para su análisis. Declarando además no tener conocimiento de que la materia objeto de la queja o reclamación esté siendo sustanciada a través de un procedimiento administrativo, arbitral o judicial y lugar fecha y firma.
La presentación y tramitación de quejas y reclamaciones tiene carácter gratuito.
Tramitación y resolución
Las quejas y reclamaciones son atendidas de conformidad con el procedimiento interno de la Sociedad, procurando garantizar una gestión diligente, objetiva y adecuada a las circunstancias planteadas.
Con carácter general, la Sociedad establece un plazo interno de referencia de un mes desde la recepción de la queja o reclamación para comunicar su resolución al interesado.
Cuando, por circunstancias justificadas, no resulte posible resolverla en dicho plazo, se informará al reclamante de los motivos de la demora, procurando facilitar una respuesta a la mayor brevedad posible.
Comisión Nacional del Mercado de Valores
Sin perjuicio del procedimiento interno de atención de quejas y reclamaciones, los inversores pueden dirigirse a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en el ámbito de sus competencias y conforme a los requisitos de admisión y tramitación que resulten aplicables, así como ejercer las acciones que legalmente les correspondan.
- Dirección: Calle Edison, 4, 28006 Madrid.
- Página web: https://www.cnmv.es
- Información sobre reclamaciones: https://www.cnmv.es/portal/inversor/reclamaciones?lang=es
Referencias normativas
- Ley 22/2014, de 12 de noviembre, por la que se regulan las entidades de capital-riesgo, otras entidades de inversión colectiva de tipo cerrado y las sociedades gestoras de entidades de inversión colectiva de tipo cerrado.
- Guía Técnica 1/2026 de la CNMV, sobre el control interno en la gestión de vehículos cerrados.
